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institución:MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 11081 12 de noviembre, 2010 DCA-0554 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora de la Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Aprobación del contrato para la compra de mobiliario escolar, suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y la Compañía Leogar S.A., por un monto de novecientos cuarenta mil dólares exactos ($940.000,00), contrato derivado de la Licitación Pública 2010LN-000032-55400. Damos respuesta a su oficio D.PROV-I-AS-1968-2010 del 07 de octubre del año en curso, recibido en esta Contraloría General el 08 de octubre siguiente, mediante el cual solicita el refrendo al contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública (MEP) y la empresa Leogar S.A. para la compra de mobiliario escolar por un monto de $940.000,00, contrato derivado de la Licitación Pública 2010LN-000032-55400. Sobre el particular, es menester señalar que una vez efectuado el estudio de rigor, según lo dispuesto en los artículos 8 y 13 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, se concluye que el procedimiento efectuado se apega a las normas de contratación administrativa, en virtud de lo cual se procede a otorgar el refrendo de mérito a los documentos contractuales de cita, con fundamento en: a) El oficio DIEE-DID-0718-2010 del 29 de julio del 2010, suscrito por el Arq. Mario Shedden Harris en su calidad de Jefe del Departamento de Investigación y Desarrollo, Ing. Evelyn Garita Gamboa y el Ing. Alberto Rodríguez Rodríguez, ambos de ese mismo Departamento perteneciente a la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo del MEP. En ese documento se efectúa la evaluación técnica de las ofertas presentadas en la Licitación Pública 2010LN-000032-55400 y concluyen que: “(…) El oferente Compañía Leogar S.A. sí cumple técnicamente con lo ...
Fecha publicación: 13/11/2010
Fecha emisión: 10/11/2010
Documento: 11081-2010.pdf
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 05520 10 de junio, 2010 DJ-2298 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora, Proveeduría Institucional MINISTERIO DE EDUCACIÓN Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin trámite por no requerir refrendo contralor, el contrato No. B210017- 2010, derivado de la contratación directa 2010CD-001116-55400, suscrito entre la Compañía Comercial Rofas S. A., y el Ministerio de Educación Pública. Nos referimos a su oficio D.PROV-IAS-867-2010 de fecha 13 de mayo del 2010, recibido en este órgano contralor en misma fecha, por medio del cual solicita refrendo contralor al contrato No. B210017-2010, derivado de la contratación directa 2010CD-001116-55400, suscrito entre la Compañía Comercial Rofas S. A., y el Ministerio de Educación Pública, para el arrendamiento del quinto piso del Edificio Plaza Rofas y veinticinco espacios de estacionamiento con la finalidad de albergar oficinas del Ministerio de Educación Pública, adjudicado por un monto mensual de ¢.14.112.700,00 (catorce millones ciento doce mil setecientos colones). Sobre el particular, debemos indicarle que de conformidad con el artículo 3 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, el contrato derivado de una contratación directa únicamente requiere refrendo contralor, en los siguientes supuestos: 1)-Cuando se trate de contrataciones autorizadas por este órgano contralor, y así se determine en el oficio respectivo. 2)-Cuando se apliquen las excepciones de oferente único y objetos que requieran seguridades calificadas, en el tanto el precio contractual alcance el límite superior de licitación pública de acuerdo al estrato en el que se ubique la institución. 3)-Cuando en virtud de la naturaleza del negocio resulte imposible estimar la cuantía del mismo. En el caso de marras, se tiene que el Ministerio de Educación Pública utilizó la excepción establecida en ...
Fecha publicación: 13/06/2010
Fecha emisión: 10/06/2010
Documento: 05520-2010.pdf
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 03617 23 de abril de 2010 DJ-1484-2010 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora de la Proveeduría Institucional MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo al contrato No. B 210051-09 que deriva de la Licitación Pública No.2009LN-000050-55400 promovida por el Ministerio de Educación Pública, para la “REPARACIÓN DE LOS EDIFICIOS PROFIRIO BRENES Y ANTIGUO CENADI (MOBILIARIO MODULAR DE OFICINA E INSTALACIONES ELÉCTRICAS, DE VOZ Y DATOS).” Damos respuesta a su oficio No. D.PROV-I-AS-541-2010, de fecha 12 de marzo de 2010, recibido en este Despacho en misma fecha, por medio del cual solicita el otorgamiento del refrendo contralor para el contrato No. B 210051-09 que deriva de la Licitación Pública No.2009LN-000050-55400 promovida por el Ministerio de Educación Pública, para la “REPARACIÓN DE LOS EDIFICIOS PROFIRIO BRENES Y ANTIGUO CENADI (MOBILIARIO MODULAR DE OFICINA E INSTALACIONES ELÉCTRICAS, DE VOZ Y DATOS).” I. Antecedentes Visto el expediente administrativo del procedimiento de contratación, se comprueba que en el constan los siguientes documentos y aspectos de interés: 1. Que en el cartel del procedimiento de marras la Administración indicó que contaba con un disponible presupuestario de ¢. 580.616.801,43; y que para el año 2009 de conformidad con la Resolución R-CO- 10-2009, la Administración se encontraba en el estrato B, para el cual el límite de contratación administrativa para obra pública durante el 2009, establecía que debía celebrarse una Licitación Pública cuando la estimación del negocio fuera igual o mayor a ¢ 472.000.000,00. En consecuencia la Administración celebró el procedimiento de contratación correcto (ver folio 624 del expediente administrativo). 2 2. Que el contrato de marras requiere refrendo contralor en virtud del artículo 3 in ...
Fecha publicación: 26/04/2010
Fecha emisión: 23/04/2010
Documento: 03617-2010.pdf
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 03311 14 de abril de 2010 DJ-1344-2010 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerir el refrendo contralor, la adenda B-210067-09 al contrato N° B-210002-09, suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Componentes El Orbe S. A. Damos respuesta a su oficio D.PROV-I-AC-0489-2010 de fecha 04 de marzo del año en curso, mediante el cual remite para refrendo contralor el contrato denominado: “Addendum N° B-210067-09 al contrato N° B-210002-09. I. Antecedentes: Mediante oficio N° 03162 del 20 de marzo del año 2009 (DCA-908), la otrora División de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República refrendó el contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Componentes El Orbe S.A., referente a la licitación pública N° 2008LN-000059-57200, para la adquisición de “Microcomputadoras, impresoras, servidores y scanner” En esta oportunidad la Dirección de Proveeduría Institucional del Ministerio de Educación Pública mediante la Resolución N° 0385-2009 del 27 de octubre del año 2009 decide la compra de 530 microcomputadoras y 5 scanner como ampliación del contrato B 2100002-09, todo lo anterior mediante la aplicación del artículo 201 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa (RLCA). II. Criterio del Despacho: El trámite de refrendo contralor se encuentra regulado por el “Reglamento sobre el refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública” emitido mediante la Resolución R-CO-44-2007 del 11 de octubre del 2007 y vigente a partir del 1 de enero del 2008. 2 En el artículo 3 de dicho cuerpo normativo se encuentra una lista taxativa de los supuestos de contrataciones que deben ...
Fecha publicación: 17/04/2010
Fecha emisión: 14/04/2010
Documento: 03311-2010.pdf
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 1 0 2 4 29 de enero, 2010 DJ-0306-2010 Licda. Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría MINISTERIO DE EDUCACIÓN Asunto: Se rechaza refrendo al contrato suscrito entre Ministerio de Educación y el consorcio conformado por las empresas PANELTECH S.A. – SPC INTERNACIONAL S.A., para la reparación de los edificios Porfirio Brenes y antiguo CENADI, por un monto total $969.377,34 Estimada Señora: Se atiende oficio N° DPI-AS-5758-2009 del 02 de diciembre de 2009, recibido en esta Contraloría General ese mismo día, mediante el cual solicitó refrendo del contrato de referencia, el cual proviene de la tramitación de la Licitación Pública N° 2009LN-000050-55400. Habiéndose realizado el estudio de la documentación enviada, así como del contrato remitido, este Despacho se vio en la necesidad de requerir información adicional mediante oficio N° DJ-0196-2010 del 19 de enero de 2010. Particularmente, en esa oportunidad se solicitaron dos cosas en concreto. La primera, la certificación de contenido presupuestario según la cual se acreditara que para el periodo 2010 existirían los fondos suficientes para hacer frente a la contratación. La segunda, la certificación de que la empresa PANELTECH S.A. se encontraba al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social al momento de suscribir el contrato. El Ministerio de Educación atiende lo requerido mediante oficio N° D.PROV-I-AS-177-2010, y si bien aporta la certificación donde se hacía constar que la empresa PANELTEC S.A. se encuentra al día con sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro Social; no se recibió la certificación de contenido presupuestario que como parte del trámite de refrendo exige el inciso 1) del artículo 8 del Reglamento Sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública. Al efecto, el Ministerio indicó lo siguiente: “En lo referente a la certificación de fondos del presente ...
Fecha publicación: 01/02/2010
Fecha emisión: 29/01/2010
Documento: 01024-2010.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 0 5 7 7 20 de enero, 2010 DJ-240-2010 Licda. Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA Fax: 2286-4346 Asunto: Se aprueba el contrato suscrito entre ese Ministerio y la empresa Ramiz Supplies S.A. para la compra de equipo y mobiliario de oficina correspondiente a la Licitación Pública 2009LN-000058-55400. Estimado señor: Damos respuesta al oficio D. P.I.-5769-2009 de 2 de diciembre del 2009 mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre ese Ministerio y la empresa Ramiz Supplies S.A. para la compra de equipo y mobiliario de oficina correspondiente a la Licitación Pública 2009LN-000058-55400. I. Antecedentes La Administración tramita la Licitación Pública Licitación Pública 2009LN-000058-55400 para la compra de equipo y mobiliario de oficina. Se presentaron tres ofertas al concurso de las cuales dos resultaron admisibles. De conformidad con el cartel la empresa Ramiz Supplies S.A. tiene la mejor calificación y por ello se le adjudica De conformidad con el oficio DIEE 01403-09 de 7 de octubre del 2009 se amplían las cantidades de compra para un total de 5490 escritorios metálicos y 5490 sillas para profesores sin braceras lo cual de conformidad con los precios unitarios constituye un total de $771.345,00. II. Criterio del Despacho Efectuado el análisis correspondiente, se devuelve el contrato con el respectivo refrendo considerando que se cuenta con contenido presupuestario para respaldar la contratación, según consta en la certificación emitida por la Máster Carmen Villalobos Arias Directora a.i. de la Dirección Financiera de esa institución . Asimismo que consta en el expediente el cumplimiento de las condiciones legales y técnicas requeridas en el cartel conforme se indica en los oficios D.P.I.-AS 1354-2009 de 22 de setiembre del 2009 suscrito por el Lic. Helmut Fung Díaz visible a l folio ...
Fecha publicación: 22/01/2010
Fecha emisión: 20/01/2010
Documento: 00577-2010.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 3 DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 12112 20 de noviembre, 2009 DJ-2177 Señora Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Fax: 2257-80-96 Estimada señora: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y Desarrollos Culturales S.A., para la adquisición de libros, derivado de la Licitación Pública 2009LN-000049-55000, hasta por un monto de ¢368.023.951. Nos referimos a su oficio N° D.P.I.-5215-2009, de fecha 11 de noviembre del año 2009, mediante el cual solicitan el refrendo al contrato suscrito entre el Ministerio de Educación Pública y Desarrollos Culturales S.A., para la adquisición de libros, derivado de la Licitación Pública 2009LN-000049-55000, hasta por un monto de ¢368.023.951. Una vez realizado el estudio de rigor y con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, y el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23 del 03 de febrero de 2009, se devuelve contrato con el refrendo de esta Contraloría General, el cual queda sujeto a los siguientes comentarios y condiciones: I.- Consideraciones de la gestión: Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes: i) Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por Carmen Villalobos Arias Directora a.i. de la Dirección Financiera del Ministerio de Educación Pública, con fecha 16 de noviembre de 2009, por el orden de ¢507.624.500 subpartida 29903 “Productos de papel, cartón, impresos”. (ver oficio D.P.I.-AS-5349 de fecha 16 de noviembre, recibido en esta Contraloría General el 17 noviembre del 2009). En ese sentido, se recuerda que es de exclusiva resp ...
Fecha publicación: 25/11/2009
Fecha emisión: 20/11/2009
Documento: 12112-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA PAGE 2 Al contestar refiérase al oficio No.09974 28 de setiembre del 2009 DJ-1300 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Dirección de Proveeduría Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se concede refrendo condicionado a la adenda suscrita entre ese Ministerio y la Compañía Galletano S.A, correspondiente al contrato de arrendamiento del inmueble conocido como Edificio Raventós, por un monto mensual de ¢83.424.500,00 (ochenta y tres millones cuatrocientos veinticuatro mil quinientos colones exactos). Nos referimos a su oficio D.P.I.-3598-2009 de fecha 27 de agosto del 2009, recibido el día 28 del mismo mes y año, por medio del cual solicita el refrendo correspondiente de la adenda suscrita entre el Ministerio de Educación Pública y la empresa Compañía Galletano S.A., del contrato de arrendamiento de las instalaciones del Edificio Raventós, sede de algunas de las dependencias de ese Ministerio. Sobre el particular, una vez realizado el estudio de rigor, y atendidas las observaciones efectuadas en nuestro oficio DJ-0088 (07231) de fecha 6 de julio del año en curso, este Despacho concede el refrendo solicitado al documento de mérito, no sin antes efectuar los siguientes condicionamientos a los cuales se supedita aquél: 1. Queda entendido que los aumentos anuales al precio del arrendamiento, se realizarán de conformidad con lo previsto en la cláusula primera de la adenda, la cual se entiende surgida de común acuerdo según lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos vigente. 2. En punto al plazo de vigencia de la adenda (5 años), queda claro que una vez acaecido este, el vínculo jurídico entre las partes se extinguirá, por lo que de requerirse la continuidad por parte de ese Ministerio en la utilización del inmueble, deberá recurrir con la debida antelación, a los mecanismos establecidos en la legislación vigente, para establecer una nueva relación contr ...
Fecha publicación: 01/10/2009
Fecha emisión: 28/09/2009
Documento: 09974-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 08486 13 de agosto, 2009 DJ-0687 Licenciada Rosario Segura Sobaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se refrenda el Contrato N° B 210024-2009, suscrito entre ese Ministerio de Educación Pública y Compañía Leogar, S. A., para la compra de pupitres, según Licitación Pública N° 2009LN-000004-55400. Nos referimos a su oficio D.P.I. AS-2750-2009, recibido el 13 de julio de 2009, mediante el cual solicita la aprobación del precitado contrato. Una vez efectuado el análisis correspondiente, se devuelve el documento de cita con el respectivo refrendo. No obstante, advertimos que es de la exclusiva responsabilidad de esa Administración, el haber verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos de esta contratación, la razonabilidad del precio del objeto de este contrato, el mantener vigente la garantía de cumplimiento por el plazo establecido en el cartel, así como el contar con la disponibilidad presupuestaria suficiente para hacer frente a las obligaciones que se contraen y que durante su ejecución el contratista se encuentre al día con sus obligaciones con la Caja Costarricense de Seguro Social. Atentamente, Lic. German Brenes Roselló Licda. Marta I. Porras Vargas Gerente Asociado Fiscalizadora Anexo: Expediente administrativo de la referida licitación (2tomos). MPV/nvs Ci Archivo Central Ni: 13216 G: 2009000854-2 ] ...
Fecha publicación: 18/08/2009
Fecha emisión: 13/08/2009
Documento: 08486-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN JURIDICA Al contestar refiérase al oficio No. 07231 6 de julio, 2009 DJ-0088 Licenciada Rosario Segura Sibaja Directora Proveeduría Institucional Ministerio de Educación Pública Estimada señora: Asunto: Se deniega el refrendo al Adenda del contrato de arrendamiento del Edifico Raventós, celebrado entre el Ministerio de Educación Pública con la Compañía Galletano S.A En atención a su Oficio N° DPI-01081-2009 de 21 de mayo del 2009, mediante el cual solicita el refrendo al Adenda del contrato de arrendamiento del Edifico Raventós, celebrado entre el Ministerio de Educación Pública con la Compañía Galletano S.A., le comunicamos lo siguiente: 1. En la cláusula tercera párrafo final se establece que en caso de finalizarse la relación contractual por causas imputables al Inquilino, antes del plazo mínimo de cinco años del contrato, éste deberá cancelarle al Arrendante los meses que hagan falta para cumplirse el plazo convenido. Sobre ese aspecto es importante señalar que tal y como ha sido pactada la cláusula, esta Contraloría General considera desproporcionada la penalidad en contra del Estado, en el evento de que se produzca la desocupación del inmueble por causas imputables a éste. Debe recordarse que el numeral 206 del reglamento a la Ley de Contratación Administrativa establece la posibilidad de que la Administración pueda rescindir su contrataciones en curso de ejecución, por razones de interés público, caso fortuito o fuerza mayor, estableciendo disposiciones para cancelar al contratista los daños y perjuicios que la terminación del contrato le cause, todo ello fundamentado en criterios de proporcionalidad y razonabilidad en el reconocimiento pecuniario. En consecuencia esta cláusula debe modificarse de forma tal que se ajuste a la normativa de cita. 2. En la cláusula cuarta se indica que el inquilino será el único responsable por el mantenimiento y estado de conservación de los muebles, paredes divisorias, puertas ...
Fecha publicación: 09/07/2009
Fecha emisión: 06/07/2009
Documento: 07231-2009.doc
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM